Cuando se habla de auditoría energética se está haciendo referencia a una inspección y análisis de todos los flujos energéticos que puede haber en un edificio o sistema. El objetivo de estas auditorías no es otro que estudiar detalladamente todo esto y saber qué energía dinámica se encuentra en cada espacio. Lo cierto es que estas auditorías se llevan a cabo periódicamente en determinadas empresas para intentar ofrecer soluciones y reducir así la cantidad de energía que se utiliza dentro de un sistema, es decir, buscar la eficiencia energética. A pesar de la concienciación de todo esto, hay quienes aún no contemplan esta posibilidad, precisamente por ello hace unos años, el Gobierno publicó el Real Decreto 56/2016, en el que se establecen todos estos procedimientos y la obligatoriedad de su cumplimiento. En dicho documento se añaden todos los datos en cuanto a la aplicación de estas auditorías, además de la búsqueda activa de soluciones para mejorar la eficiencia energética.
Finalidad del Decreto
A través de este Real Decreto se pretende dar impulso a todas las acciones que se puedan llevar a cabo para ahorrar energía primaria que se consume. Asimismo, otra de las finalidades es la optimización de equipos y sistemas con respecto a este consumo energético. En dicho documento oficial se pueden consultar todos los requisitos y directrices que se deben cumplir, al igual que las pautas que se deben seguir en cuanto a los proveedores de energía y los auditores.
Tal y como se indica en el Decreto, es totalmente obligatorio llevar a cabo auditorías, al menos, una vez cada cuatro años, teniendo siempre como referencia la última que se ha realizado. Una vez que se realiza la inspección y para que sea óptima, es esencial que la misma cubra el 85% del total de consumo de energía que hay en una entidad, siempre que esta se encuentre dentro de España. Aquellas empresas que por ley estén obligadas a pasar dicha auditoría y no lo hagan, pueden tener sanciones de hasta 60.000 euros, por cada centro que no se haya sometido a esta inspección. El régimen sancionador se establece dentro del Real Decreto Ley 8/2014 de 4 de julio.
¿Cómo deben ser las auditorías?
A la hora de realizar una auditoría hay que tener en cuenta una serie de aspectos. En este sentido, una de las primeras cosas importantes que hay que cumplir, es que la inspección siempre la debe realizar un auditor homologado y con la certificación correspondiente dentro del sector energético. Asimismo, todos los datos e información que se incluyan en el documento que corresponda, deben estar debidamente actualizados y totalmente verificados.
También es obligatorio realizar un examen para conocer el consumo real de energía de las instalaciones, además de tener en cuenta un análisis detallada del ciclo de vida para saber los tipos de inversiones que se deberán hacer a largo plazo.
Junto al documento cumplimentado, debe adjuntarse la imagen de rendimiento energético que presenta la entidad, añadiendo todas las soluciones y oportunidades de mejora que pueda tener la misma.
Comunicación de la auditoría
Siempre que se lleve a cabo una auditoría es obligatorio comunicarla y precisamente por ello, se debe rellenar el anexo I del RD 56 2016 específico para este fin. Este documento hay que cumplimentarlo con datos como los cálculos que se han realizado, totalmente detalladas y comprobados, con el fin de añadir todas las medidas propuestas para conseguir esa mejora.
La obligatoriedad de entregar este documento no es otro que, llevar un control de todas estas inspecciones y dar a conocer las soluciones en cuanto a eficiencia energética se refiere. Además, las empresas deben guardar estos documentos para que, en el momento que llegue la hora de otra auditoría, se les facilite esta información recabada con anterioridad.






